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15 de junio de 2016
7 de junio de 2016
2 de junio de 2016
6 de mayo de 2016
Cobertura de seguros y asistencias que ofrecemos
Ramo Seguros de Vida
Vida Individual con ahorro
Vida Individual en pesos o dólares
Vida Individual
Vida Entera, Término, Variable, Universal
AP - Accidentes Personales
Sepelio con prestación
Sepelio con indemnización
Planes de Retiro
Planes de Jubilación
Planes de Ahorro
Vida Colectivo
Fallecimiento por causas naturales
Fallecimiento por Accidente
Invalidez Total y Permanente
Incapacidad Parcial
Seguros de Salud
Asistencia Média o farmacéutica
Enfermedades Críticas
Enfermedades Graves
Renta Diaria por Internación en Terapia Intensiva
Renta Diaria por Internación
Accidentes Personales
Seguros Societarios
Seguro de Persona Clave
Planificación
Familiar
Familias Ensambladas
Madre único sostén del hogar
Patrimonial
Societaria
Hereditaria
Sucesoria
Seguros de Vida Obligatorio
Riesgos del Trabajo ART
Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto Nº 1567/74
Seguro de Vida Obligatorio para Empleados de Comercio (art. 97, CCT 130/75)
Seguro de Vida Obligatorio para Trabajadores Rurales Permanentes (Ley Nº 16.600)
Seguro de Vida Colectivo - Ley de Contrato de Trabajo
Seguro de Retiro Complementario La Estrella para Empleados de Comercio
Seguro Colectivo de Sepelio
Asistencia al viajero
Cuidados Prolongados y enfermería
Asistencia al hogar
Asistencia al Vehículo
Bolso Protegido
Desempleo
ATM
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25 de febrero de 2016
Programa de capacitación en CNP
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19 de febrero de 2016
SE AVECINAN MODIFICACIONES EN MATERIA DE POLÍTICA ASEGURADORA
Habrá mayores exigencias de capital para las reaseguradoras locales. Por su parte, las aseguradoras tendrán que registrar resultados técnicos positivos porque se espera una caída de la rentabilidad financiera. El Plan Estratégico, el anteproyecto de Ley de Seguros y las delegaciones de la SSN en el interior no tendrán continuidad. Impulso al seguro de Vida y de Retiro con la idea de desarrollar el mercado de capitales. Se espera una señal de la Corte en la problemática de Riesgos del Trabajo.
La nueva gestión del área aseguradora, encabezada por el superintendente de seguros Edgardo Podjarny, introducirá profundos cambios en materia de política aseguradora. Se estima que el andamiaje armado durante los 12 años de gestión K será desmontado pieza por pieza en un plazo prudencial.
¿Cuáles serán los cambios principales referentes a la política aseguradora?
· RÉGIMEN DE REASEGUROS. El actual marco de reaseguros, vigente desde septiembre de 2011, será retocado. Para los analistas del gobierno resulta inaceptable que a las reaseguradoras locales se les exija un capital de sólo $ 50 millones cuando en todo el mundo el reaseguro es un negocio de capital intensivo. La tendencia, según explicaron a Estrategas asesores del Ministerio de Hacienda y Finanzas, es que los capitales de las reaseguradoras locales tengan un significativo aumento para asimilarlo a rangos internacionales. "Podríamos modificar por completo el régimen de reaseguros, pero el primer paso es contar con reaseguradoras capitalizadas y con una mayor capacidad de retención. Hoy la retención es bajísima y se sostiene únicamente porque en las carteras de Vida es del 100%". Reaseguradoras más sólidas, con más capital, más retención e inversiones en el país, ayudarían a fomentar el mercado de capitales.
· ASEGURADORAS. La nueva política aseguradora no buscará disminuir la cantidad de operadores mediante un incremento de los capitales mínimos regulados. Pero se ajustarán las clavijas exigiéndole a las compañías resultados técnicos positivos, algo inédito en la historia del sistema asegurador ya que desde siempre los resultados financieros han compensado las pérdidas técnicas. Esta exigencia de RT positivos tiene como trasfondo la visión oficial sobre una futura disminución abrupta de la rentabilidad financiera. Esto sucedería cuando -como se espera- caiga la tasa de inflación.
· RIESGOS DEL TRABAJO. El gobierno coincide con los operadores en el diagnóstico del régimen de Riesgos del Trabajo. Se trata de un sistema con un excelente nivel de eficiencia y de cobertura, que ha logrado disminuir sensiblemente la mortalidad laboral y que, sin embargo, está al borde del colapso abrumado por una avalancha de 270 mil juicios. La esperanza de las nuevas autoridades está cifrada en 50 casos de accidentes laborales que ha aceptado tratar la Corte Suprema de Justicia.
· PLAN ESTRATEGICO Y ANTEPROYECTO DE LEY. El Plan Estratégico del Seguro, que fue presentado en la Casa Rosada por la ex presidente CFK y que se transformó en el eje principal de la gestión anterior, y el anteproyecto de Ley de Seguros (cuyo texto, inexplicablemente, quedó en secreto), no tendrán continuidad bajo el actual gobierno. Se estima que algunas "buenas ideas" serán tomadas para transformarlas en medidas concretas.
· SEGUROS DE VIDA Y RETIRO. Una de esas buenas ideas que quedó boyando en el limbo de la burocracia kirchnerista era otorgar beneficios fiscales para los seguros de Vida y de Retiro mediante la actualización (después de más de 20 años) de los $ 996 que se permite deducir del impuesto a las ganancias. El actual gobierno estaría dispuesto a darle un fuerte impulso a este tipo de seguros.
· Otra buena idea que tampoco se ejecutó era la creación de un seguro complementario del régimen jubilatorio. Se piensa que una baja de la inflación podría favorecer instrumentos como el creado por la Asociación de Aseguradores de Vida y Retiro (AVIRA), el denominado Seguro Planificado para el Retiro Hoy por Mañana, como una alternativa voluntaria complementaria al régimen previsional.
· La actualización de las deducciones impositivas y el impulso al seguro de vida complementario, son coincidentes con uno de los objetivos de la política económica: desarrollar el mercado de capitales.
· En la era K hubo seguros de Vida y Retiro linkeados al dólar oficial. Los asegurados cobraban el siniestro o el capital acumulado en pesos al tipo de cambio del dólar oficial, con una considerable diferencia respecto del dólar billete. Las nuevas autoridades no se van a oponer a la existencia de productos de Vida o Retiro que se cobren y paguen en dólares billete siempre y cuando la compañía tenga reservas suficientes en la misma moneda.
· INVERSIONES. En una de sus primeras medidas, las nuevas autoridades transformaron en voluntarias las inversiones de las aseguradoras en instrumentos financieros del denominado Inciso K. Hacia futuro también podría permitirse que las aseguradoras tengan parte de sus inversiones en el exterior, una práctica que se mantuvo durante años hasta que el gobierno K obligó a repatriar las inversiones en octubre de 2011.
· DELEGACIONES DE LA SSN. El gobierno K abrió 9 delegaciones en el interior, situadas en Rosario, Catamarca, Chaco, Mar del Plata, Río Gallegos, Córdoba, Mendoza, Neuquén y Tucumán, con la finalidad expresa de "acercarse cada vez más a las aseguradoras, a los productores y principalmente a los asegurados". Estas delegaciones no tendrán continuidad porque se entiende que el control de las aseguradoras debe hacerse en forma centralizada, tal como se hizo durante décadas desde la creación de la SSN.
· Se espera que la Superintendencia retome sus fundamentos originales, es decir que vuelva a ser un organismo técnico de control. "La anterior gestión era como ese árbitro de fútbol que decía siga, siga aunque le hubiese quebrado la pierna al contrario; permitía todo tipo de excepciones en el control de capitales mínimos, activos y reservas, y en general hacía la vista gorda para no cerrar ninguna compañía. Eso se va a terminar", dicen las fuentes consultadas por Estrategas.
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29 de enero de 2016
Oportunidad de crecimiento y desarrollo en Seguros de Vida
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18 de diciembre de 2015
¿ Tu vida solo vale $ 20.000 ?
Por mas que lo quieran estirar no cubriría más de 1 mes de gastos familiares.
El Seguro de vida obligatorio actualmente es de $ 20.000. en la República Argentina.
El Seguro de vida obligatorio actualmente es de $ 20.000. en la República Argentina.
Esta suma es la que cobrará tu familia en caso de fallecimiento.
Si tienes la suerte de ser Empleado de Comercio el seguro es $ 133.118 por el Convenio Colectivo de Trabajo para Empleados Mercantiles Nº 130/75
Los seguros patrimoniales ocupan en nuestro país el primer lugar en
ventas, encabezados por los seguros de automotores y seguido por el
seguro de vivienda aunque en mucha menor medida.
Los seguros de
vida no son una prioridad de nuestra sociedad, sino todo lo contrario,
tienen muy baja penetración en el mercado, a pesar de ser una
herramienta muy importante ante el acaecimiento del hecho fortuito.
Los seguros de vida brindan a quienes lo contratan ni más ni menos
que algo tan valioso como la protección económica de las personas que
están a su cargo (beneficiarios), garantizándoles un nivel de vida
acorde con el monto del seguro abonado.
La indemnización se abona con el
fallecimiento del asegurado y puede pagarse por única vez o bien en
forma de renta financiera.
Hay innumerable cantidad de coberturas en lo
que a este tipo de seguros se refiere, ya sea en seguros de vida
individual o colectivo, de acuerdo a la edad y las necesidades de cada
contratante.
Sin embargo y a pesar de contar con mucha variedad de ofertas,
importantes compañías con sólida experiencia que los comercializan y
múltiples canales de distribución, el tamaño del sector no logra generar
sumas importantes.
Al día de hoy representa el 0,8% del PBI contra un
2,5% que sería lo esperable.
También resulta de amplia relevancia que
más del 50% del sector pertenezca a seguros de vida colectivo, lo cual
no es bueno, ya que ese primaje se relaciona con seguros obligatorios y
atados a otros seguros.
Ante el gran crecimiento de la ola delictiva, el seguro de vida
debería ser un producto muy buscado por los asegurables tales como sí lo
son las cámaras de seguridad, los herreros con el tema de las rejas y
otras modalidades que tratan de mitigar los perjuicios ante la
ocurrencia de un hecho.
En el marco del 6to Encuentro de Banca y Seguros, Gabriel Chaufan,
Past President de la Asociación de Aseguradores de Vida y Retiro,
manifestó que el crecimiento del sector se ve disminuido principalmente
por la existencia de 4 mitos en torno a este tipo de seguros:
- Mito 1: Se trata
de un patrón cultural/Sociedad del consumo, los argentinos no tenemos
esta cultura. Lo cierto es que tampoco teníamos la cultura de las
cámaras o las rejas y sin embargo, son cada vez más utilizadas por la
sociedad.
- Mito 2: Crisis
Permanente: siempre existe algo más importante para preocuparnos en lo
inmediato. Ello no debería restarle importancia al hecho de asegurarle
un futuro a mis hijos.
- Mito 3: Es muy
caro, sólo para ricos. No es cierto, dado que hoy en día un seguro de
vida es perfectamente pagable con un salario normal. Hay seguros para
todas las necesidades y de todos los precios.
- Mito 4: No me voy a
morir nunca. También para ello está el seguro de retiro que justamente
se adecúa a la gente con una expectativa de vida longeva.
Lo cierto es que los seguros de vida necesitan generar mayor
conciencia aseguradora y mayor presencia en el mercado, porque tal como
estamos casi nadie está dispuesto a dejar de consumidor ahora para
consumir cuando se jubile.
En muchos países los seguros de vida
cuentan con importantes incentivos fiscales, esto sería una buena
manera de lograr la penetración en la sociedad y para el estado también
resultaría beneficioso, pues evitaría tener que brindarnos cobertura, la
cual siempre se hace mal y tardíamente y por otro lado, se aumentaría
el mercado de capitales.
Una buena manera de promocionar los seguros de vida, sería a través de la incorporación de productores a los seguros de personas, téngase en cuenta que actualmente cada 10 PAS que venden seguros patrimoniales sólo 1 vende seguros de personas.
La incorporación de los PAS al mundo de los seguros de vida resulta a mi entender fundamental, si recordamos que LOS SEGUROS DE VIDA NO SE COMPRAN, SE VENDEN.
Dra. Gabriela Melina Alvarez
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16 de diciembre de 2015
Actualización Seguro de Vida Obligatorio
Seguro Colectivo de Vida ObligatorioDecreto 1567/74
Capital Asegurado Vigente $ 20.000.-
Cobertura: Muerte por cualquier causa en cualquier parte del mundo. Cobertura 24 hs.
Carencia de coberturas: 30 días.
Vida Obligatorio Convenio Colectivo de Trabajo para Empleados Mercantiles N.º 130/75
Capital Asegurado Vigente $133.118.-
Rige con carácter obligatorio para todos los trabajadores comprendidos en este convenio.
Es independiente de cualquier otro Seguro de Vida o beneficio.
REQUISITOS:
Trabajador en relación de dependencia:
SOLICITUD DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
(Lo puede solicitar por mail a masterforuminternational@gmail.com )
NOMINA DEL SUSS Y COMPROBANTE DE CUIT SI ES NUEVO ASEGURADO
Para emitir necesitamos siempre la Orden de emisión y Nómina de Personal
(Lo puede solicitar por mail a masterforuminternational@gmail.com )
Capital Asegurado Vigente $ 20.000.-
Cobertura: Muerte por cualquier causa en cualquier parte del mundo. Cobertura 24 hs.
Carencia de coberturas: 30 días.
Vida Obligatorio Convenio Colectivo de Trabajo para Empleados Mercantiles N.º 130/75
Capital Asegurado Vigente $133.118.-
Rige con carácter obligatorio para todos los trabajadores comprendidos en este convenio.
Es independiente de cualquier otro Seguro de Vida o beneficio.
REQUISITOS:
Trabajador en relación de dependencia:
SOLICITUD DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
(Lo puede solicitar por mail a masterforuminternational@gmail.com )
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Para emitir necesitamos siempre la Orden de emisión y Nómina de Personal
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11 de septiembre de 2015
AVIRA: 2º Premio del Concurso de Creatividad 2015 "Creando Conciencia Aseguradora"
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Equivocarse es de humanos
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27 de agosto de 2015
Actualización Seguro de Vida Obligatorio
Seguro Colectivo de Vida ObligatorioDecreto 1567/74
Capital Asegurado Vigente $ 20.000.-
Cobertura: Muerte por cualquier causa en cualquier parte del mundo. Cobertura 24 hs.
Carencia de coberturas: 30 días.
Vida Obligatorio Convenio Colectivo de Trabajo para Empleados Mercantiles N.º 130/75
Capital Asegurado Vigente $122.636.-
A partir del 01/11/15 el capital asegurado ascenderá a $133.118.-
Rige con carácter obligatorio para todos los trabajadores comprendidos en este convenio.
Es independiente de cualquier otro Seguro de Vida o beneficio.
REQUISITOS:
Trabajador en relación de dependencia:
SOLICITUD DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
(Lo puede solicitar por mail a masterforuminternational@gmail.com )
NOMINA DEL SUSS Y COMPROBANTE DE CUIT SI ES NUEVO ASEGURADO
Para emitir necesitamos siempre la Orden de emisión y Nómina de Personal
(Lo puede solicitar por mail a masterforuminternational@gmail.com )
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15 de diciembre de 2014
¿Es válido cualquier argumento para vender AP?
Se trata de una campaña de publicidad de la agencia de publicidad Sarafan Advertising Agency
en la que para “atraer” un nuevo formato que estaban utilizando en
camiones publicaron una gran foto con la imagen de una mujer cogiéndose
los pechos.
La policía
rusa detuvo a los 30 camiones que llevaban esa publicidad prohibiéndoles su
circulación.
De alguna forma se comprobó que si!
Todos los días estamos expuestos a la posibilidad de sufrir un accidente que puede cambiar totalmente el rumbo de nuestras vidas. Es vital proteger convenientemente nuestro bienestar y el de nuestra familia.
Nosotros seguramente elegimos esta foto que no causa el mismo efecto que la utilizada por la agencia rusa.
Por ello el AP (seguro de accidentes personales) tiene como objetivo
la indemnizaciones en caso que ocurra algún accidente que
provoquen la muerte derivadas de una lesión corporal a causa violenta o
súbita no intencionada o que provoque la incapacidad total y permanente. Incluso puede cubrir (y en muchas ocasiones cubre) la prestación de asistencia sanitaria y rentas por internación.
Asesoramiento TE 011 4816 0555 masterforuminternational@gmail.com
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21 de mayo de 2014
Obligaciones del Empleador, proteja su patrimonio
Obligaciones del Empleador y Beneficios al Personal
Seguros de Vida y de Sepelio
Colectivos
Tengo el agrado de dirigirme a usted(es) con el
objeto de recordarle(s) las obligaciones que se generan a partir de la muerte
de un empleado, por aplicación de leyes en la República Argentina, convenciones colectivas o disposiciones de la
seguridad social o del trabajo, y que deben y/o pueden ser cubiertas por medio
de un seguro de vida colectivo y un seguro de sepelio.
Es muy importante entender que cuando un empleado fallece, tiene un accidente o sufre una incapacidad el empleador tiene la obligación de pagar una indemnización.
En caso de tener contratada una póliza de seguros la que paga es la compañía de seguros, de no contar con la cobertura el empleador deberá hacer frente al pago de la indemnización con su patrimonio.
La experiencia nos indica que muchas veces no existe liquidez de capital o los pagos por invalidez o enfermedad se extiende durante años y años convirtiendose en una carga muy pesada para el empleador.
Acompaño una reseña de obligaciones que, junto con las previstas en la Ley sobre Riesgos del
Trabajo y demás disposiciones del trabajo y de la seguridad social, conforman
el conjunto de responsabilidades del empleador respecto de sus dependientes.
El programa "básico" de coberturas a considerar comprende:
Riesgos del Trabajo
Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto Nº 1567/74
Seguro de Vida Obligatorio para Empleados de Comercio (art. 97, CCT 130/75)
Seguro de Vida Obligatorio para Trabajadores Rurales Permanentes (Ley Nº 16.600)
Seguro de Vida Colectivo - Ley de Contrato de Trabajo
Seguro de Retiro Complementario La Estrella para Empleados de Comercio
Seguro Colectivo de Sepelio
Riesgos del Trabajo
Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto Nº 1567/74
Seguro de Vida Obligatorio para Empleados de Comercio (art. 97, CCT 130/75)
Seguro de Vida Obligatorio para Trabajadores Rurales Permanentes (Ley Nº 16.600)
Seguro de Vida Colectivo - Ley de Contrato de Trabajo
Seguro de Retiro Complementario La Estrella para Empleados de Comercio
Seguro Colectivo de Sepelio
Es importante revisar otras obligaciones que
pudieran corresponder específicamente para su sector de actividad económica, y
tener en cuenta que, en general, los beneficios son independientes entre sí.
También es importante considerar otros planes de
seguros -contributivos o no contributivos- que pueden ser contratados por la
Empresa para cubrir sus obligaciones laborales en general o para facilitar a
los empleados el acceso a un instrumento apropiado de previsión para la
protección de sus familias y sus patrimonios, tanto en forma individual como
colectiva, en condiciones de selección, cobertura y costo convenientes, como
parte de sus planes de compensaciones dentro de su política de fidelización y beneficios al
personal.
Como asesor integral en seguros me pongo a su
disposición para ampliar esta información, para analizar conjuntamente sus
necesidades específicas y para determinar si las coberturas vigentes -de
existir- se ajustan a las mismas.
Cordialmente,
Norberto Plachta
Matrícula SSN 500358
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12 de mayo de 2014
Actualización del Seguro de Vida Obligatorio Convenio Mercantil
Convenio Mercantil: Nuevo Capital Asegurado + Beneficios adicionales
A partir del 1º de abril de 2014 el capital será de $ 96.564,00.
A partir del 1º de septiembre de 2014 el capital será de $ 104.817,00.
Ajuste salarial acordado para la actividad
mercantil (Empleados de Comercio) Capitales asegurados del Seguro de Vida Obligatorio establecido en
el art. 97 del CCT 130/75
Seguros colectivos voluntarios que cubren esta
obligación, que tuvieran contratados un capital asegurado superior, los
mismos se incrementan en un 17% y 10% en los meses de abril y de
septiembre respectivamente.
Masterforum es una empresa
con 30 años de trayectoria, comprometida con las necesidades de la pequeña y mediana empresa, así como también con los
trabajadores. Es por ello que ha decidido complementar,
sus coberturas con beneficios adicionales mediante las compañías aseguradoras que representamos
a) Indemnización complementaria de $ 20.000 de Seguro de Sepelio .
b) Anticipo de indemnización de $48.282 en el caso de Enfermedades Graves con riesgo de vida (cáncer primario, infarto de miocardio, accidente cerebro vascular e insuficiencia renal crónica).
c) Indemnización de $48.282 por Trasplante de Órganos (páncreas, corazón, pulmón, riñón, hígado).
c) Indemnización complementaria de $96.564 en caso de Incapacidad Total y Permanente.
d) Indemnización complementaria de $96.564 en caso de Muerte Accidental.
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15 de abril de 2014
Seguros de Personas en vigencia
Seguros de Personas
Accidentes Personales
Retiro Individual
Retiro Colectivo
Retiro Renta Vitalicia Previsional
Salud
Sepelio Individual
Sepelio Colectivo
Vida Individual
Vida Colectivo
Vida Previsional
Obligatorios
Vida Obligatorio (DECRETO 1567/74)
Vida Obligatorio (TRABAJADORES RURALES)
Vida Obligatorio (TRIPULACIONES DE EMBARCACIONES DE PESCA)
Vida Obligatorio (ESPECTADORES DE JUSTAS DEPORTIVAS)
Accidentes Personales
Retiro Individual
Retiro Colectivo
Retiro Renta Vitalicia Previsional
Salud
Sepelio Individual
Sepelio Colectivo
Vida Individual
Vida Colectivo
Vida Previsional
Obligatorios
Vida Obligatorio (DECRETO 1567/74)
Vida Obligatorio (TRABAJADORES RURALES)
Vida Obligatorio (TRIPULACIONES DE EMBARCACIONES DE PESCA)
Vida Obligatorio (ESPECTADORES DE JUSTAS DEPORTIVAS)
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