La Asistencia Schengen, es un seguro de viaje obligatorio impuesto por los países miembros del Acuerdo de Schengen, que además deben cumplir con una serie de requisitos específicos para ser validos entre los países pertenecientes al Tratado.
Esta Asistencia Schengen, le proporciona al viajero,
asistencia inmediata en el lugar del hecho, ante cualquier imprevisto,
sin importar la hora, ni la distancia.
La ventaja de contar con un buen
seguro de viaje al momento de viajar, significa absoluta tranquilidad
para el asegurado y su grupo familiar.
Existen distintos planes de Asistencia, para aquellos
viajeros frecuentes hay un plan multiviajes, que con un solo pago
anual, el viajero estará protegido en todos los viajes a efectuar en el
transcurso del año, mientras la duración de los mismos no supere los
30, 60 o 90 días, de acuerdo al plan contratado.
El costo de estos
seguros de viajes, varían de acuerdo a la cantidad de viajeros, la edad
de los mismos, el origen y el destino.
Los países que exigen Asistencia Schengen para poder ingresar
al territorio, además del visado Schengen correspondiente son:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa,
Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia,
Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania,
Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania y Suecia.
Cuba y Venezuela han comenzado a exigir un seguro de asistencia al viajero con valores menores.
Requisitos de la Asistencia Schengen obligatoria:
- La vigencia del seguro deberá ser igual al tiempo de duración del viaje.
- Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Repatriación sanitaria o administrativa: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Devolución de gastos no puede ser a reembolso.
- El seguro de viaje no puede tener un deducible.
- La compañía de seguros contratada, deberá tener un representante o sucursal en Europa.
La mecánica operativa de esta Asistencia, se sitúa en centrales telefónicas, distribuidas en más de 150 países, atendiendo las 24 horas, los 365 días del año, donde el asociado podrá contactarse telefónicamente (en general de forma gratuita) y será atendido inicialmente por un operador desde su país de residencia (por lo que el idioma no será un inconveniente) y allí personal altamente capacitado se encargara de recabar las prestaciones necesarias para asistirlo inmediatamente, en el lugar donde usted se encuentre.
http://es.wikipedia.org/wiki/Acuerdo_de_Schengen
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